Marco legal
Decreto 1557 de 1989 Artículo 1
Ley 1564 de 2012 artículo 188
Son declaraciones verbales o escritas presentadas ante el notario en las que se asegura bajo juramento la existencia de determinados hechos.
Requisitos:
Asistir personalmente a la notaría.
Llevar el documento de identidad.
Llevar la declaración escrita para revisión del notario o dar la versión verbalmente.
Tiempo estimado de entrega:
El mismo día.
Costo:
Sí. Según tarifa notarial. Las madres cabeza de familia no tienen que pagar. Consulte aquí las tarifas notariales.